
El Boletín Oficial de Castilla y León -BOCyL- publica hoy, 7 de febrero de 2021, el ACUERDO 14/2021, de 6 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se actualiza la relación de municipios a los que se aplican las medidas sanitarias preventivas adicionales de carácter excepcionalísimo previstas en el Acuerdo 10/2021, de 30 de enero, que ya anunció ayer la Junta de Castilla y León en nota de prensa (ampliar, aquí).
Asi, el Acuerdo dice:
Primero.– Actualización de la relación de municipios a los que se aplican las medidas sanitarias preventivas adicionales de carácter excepcionalísimo previstas en el Acuerdo de 10/2021, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León.
Las medidas sanitarias preventivas excepcionalísimas previstas en los apartados segundo y tercero del Acuerdo 10/2021, de 30 de enero, serán de aplicación a los municipios relacionados en el Anexo del presente acuerdo.
En estos municipios seguirán siendo de aplicación, además, las medidas sanitarias preventivas que con carácter ordinario para el nivel de alerta 4, en el que se encuentra la Comunidad de Castilla y León, se recogen en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, así como de las medidas previstas en el Acuerdo 4/2021, de 12 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y sus sucesivas prórrogas.
Segundo.– Aplicación de las medidas adoptadas.
1. Los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas sanitarias preventivas establecidas en el presente Acuerdo.
2. En todo caso, los incumplimientos individualizados de lo dispuesto en el presente acuerdo, podrán constituir infracción administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley 7/2020, de 23 de julio, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.
Tercero.– Vigilancia y control de las medidas adoptadas. Cooperación y colaboración entre Administraciones Públicas.
1. El seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL).
2. La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas recogidas en este Acuerdo corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previsto en la normativa aplicable.
3. Así mismo, se recabará la cooperación y colaboración de la Delegación del Gobierno y de los Ayuntamientos para el control y aplicación de las medidas adoptadas a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y de la policía local.
4. Las fuerzas y cuerpos de seguridad darán traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas de prevención a las autoridades competentes.
Cuarto.– Efectos.
El presente acuerdo producirá efectos desde las 18:00 horas del día 7 de febrero.
La Junta de Castilla y León, previo informe de la Consejería competente en materia de sanidad, actualizará cada 7 días naturales el Anexo de Municipios atendiendo a los indicadores empleados para la adopción de estas medidas.
Quinto.– Régimen de recursos.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
(imagen de archivo)
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1. Relación de municipios en los que se mantienen las medidas sanitarias preventivas adicionales de carácter excepcionalísimo.
En la provincia de ÁVILA
SINLABAJOS
En la provincia de BURGOS
SANTO DOMINGO DE SILOS
En la provincia de LEÓN
PUEBLA DE LILLO
SANTA COLOMBA DE SOMOZA
VEGAQUEMADA
VILLADEMOR DE LA VEGA
En la provincia de PALENCIA
AUTILLA DEL PINO
BECERRIL DE CAMPOS
PALENCIA
En la provincia de SALAMANCA
BÉJAR
ENCINAS DE ARRIBA
GUIJUELO
ITUERO DE AZABA
LEDESMA
En la provincia de ZAMORA
BARCIAL DEL BARCO
2. Relación de nuevos municipios en los que se aplican las medidas sanitarias preventivas adicionales de carácter excepcionalísimo.
En la provincia de ÁVILA
SOLANA DE RIOALMAR
En la provincia de BURGOS
CASTROJERIZ
En la provincia de PALENCIA
CALZADA DE LOS MOLINOS
DUEÑAS
MONZÓN DE CAMPOS
REVENGA DE CAMPOS
En la provincia de SEGOVIA
AYLLÓN
En la provincia de SORIA
TARDELCUENDE
En la provincia de VALLADOLID
PEÑAFLOR DE HORNIJA
En la provincia de ZAMORA
ARCOS DE LA POLVOROSA
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