
El Procurador del Común de Castilla y León nos ha trasladado la Resolución que ha emitido en relación a la queja formulada por nuestra Plataforma ante la inacción del ayuntamiento de Retortillo, al no sancionar a la empresa Berkeley por haber ejecutado las obras de desvío de la carretera comarcal SA-322 sin la Autorización de uso preceptiva.
Hay que recordar que esas obras se comenzaron a ejecutar en el verano de 2016, tras la firma del convenio con la Diputación de Salamanca que recientemente ha rescindido la institución provincial. Esas obras fueron ilegales a juicio del SEPRONA y la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Salamanca, pero el Ayuntamiento de Retortillo, que estaba obligado restaurar la legalidad urbanística y sancionar a la empresa minera, cuatro años y medio después no ha sido capaz de sancionarla.
En este caso no se trata de una cuestión de dinero, pues la multinacional australiana ha derrochado millones de euros en Salamanca, sino de que no figure el dato de la sanción en su trayectoria, premiada, como ha alardeado la minera, por la Corporate Finance Internacional (CFI) como la empresa que más ha contribuido a la minería sostenible en Europa en 2020. También sorprende que la empresa pueda presumir de calidad ambiental en su gestión, contando con las certificaciones de Gestión Ambiental (ISO 14.001) y Gestión Minera Sostenible (UNE 22.470-80) certificadas por la entidad AENOR, cuando ha arrasado con 40 hectáreas de un bosque mediterráneo en perfecto estado de conservación hasta que la empresa minera se empeñó en publicitarse a costa de las encinas de Retortillo.
Gracias a la modificación de la ley de urbanismo de Castilla y León en 2014 las acciones realizadas por Berkeley sin permiso en Retortillo no han prescrito, pues se amplió el plazo de prescripción de cuatro a ocho años, pero a este paso vamos camino de que el Ayuntamiento de Retortillo deje prescribir esas infracciones.
En la Resolución emitida por el Procurador del Común se señala que las obras realizadas por Berkeley deben ser sancionadas, por lo que se debe iniciar el expediente sancionador correspondiente dado que la infracción urbanística cometida todavía no ha prescrito, recordándole al Ayuntamiento de Retortillo que la pasividad o inactividad de la Administración local ante las denuncias de infracción urbanística puede dar lugar a responsabilidad patrimonial del ayuntamiento.
Se trata de la segunda ocasión en la que el Procurador del Común de Castilla y León emite una resolución sobre el tema de la mina y planta de Retortillo, habiendo dictaminado en agosto de 2017 que la Declaración de Impacto Ambiental aprobada por la Junta de Castilla y León en octubre de 2013 no puede considerarse válida tras la fragmentación del proyecto inicial, por lo que se debería realizar una nueva Evaluación de Impacto Ambiental que tenga en cuenta el impacto radiológico, la afectación de la Red natura 2000 o los aspectos transfronterizos del proyecto.
No se puede tolerar que la empresa minera se vaya de “rositas” en este asunto después del daño causado en una zona de alto valor ecológico. Berkeley, que se atreve a pedir celeridad en la resolución de sus asuntos en el Consejo de Seguridad Nuclear, se beneficia de la pasividad del Ayuntamiento de Retortillo en la resolución de los asuntos que le atañen.
(imagen de archivo)
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